Garantias del administrador colegiado
La contratación de un Administrador de Fincas, obedece a la necesidad de confiar los intereses de la Comunidad de Propietarios a un profesional, cuya dedicación y preparación lo sitúan en las mejores condiciones para la gestión del patrimonio inmobiliario. Los Administradores de Fincas Colegiados, tienen una Póliza de Responsabilidad Civil, que responde del riesgo en […]

10 de octubre de 2021

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Legislación | Normas

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La contratación de un Administrador de Fincas, obedece a la necesidad de confiar los intereses de la Comunidad de Propietarios a un profesional, cuya dedicación y preparación lo sitúan en las mejores condiciones para la gestión del patrimonio inmobiliario.

Los Administradores de Fincas Colegiados, tienen una Póliza de Responsabilidad Civil, que responde del riesgo en su actuación profesional. Asimismo y el Colegio tiene suscrita una Póliza de Seguro de Caución para todos los colegiados, que garantiza la responsabilidad en que pueda incurrir el profesional Administrador de Fincas con respecto a los fondos que le hayan sido confiados.
La problemática y la casuística en propiedad horizontal son muy extensas, unido a las nuevas tecnologías que irrumpen con fuerza y a la temática que afecta al área de vivienda, por ello, el profesional ha de estar ampliamente formado y en vanguardia de toda innovación que pueda afectar a su actividad. Estamos ante una profesión multidisciplinar que comprende tanto aspectos económicos, fiscales, legales y técnicos de construcción.

El Colegio, consciente de que el autentico profesional requiere de una formación de tipo especifico para garantizar un alto nivel de servicios profesionales, de forma continuada procede a realizar cursos, charlas, conferencias, etc., que facilitan una actualización del Administrador de Fincas en todos los temas que son de su competencia.

Los Administradores de Fincas Colegiados, han de desempeñar sus funciones con destreza y prudencia. Con el fin de dar cobertura tanto a los mismos como a sus administrados, el Colegio tiene suscrita una Póliza de Responsabilidad Civil, que responde del riesgo en su actuación profesional. Asimismo y en cumplimiento de lo establecido por el Código Deontológico Europeo, para profesionales inmobiliarios el Colegio tiene suscrita una Póliza de Seguro de Caución para todos los colegiados “ejercientes”, que garantiza la responsabilidad en que pueda incurrir el profesional Administrador de Fincas con respecto a los fondos que le hayan sido confiados.

Cuando surgen diferencias entre un Administrador de Fincas Colegiado y la Comunidad, el Colegio otorga su amparo no sólo al mismo sino a los administrados, que podrán elevar su queja y conseguir una eficaz solución a través de la mediación de esta Corporación.

De esta manera, el nombramiento de un Administrador de Fincas Colegiado, presenta como hemos apuntado anteriormente, innumerables ventajas al garantizarse no únicamente una adecuada gestión patrimonial de los intereses comunitarios, sino por el nivel de diligencia exigible en sus actuaciones al tratarse de un profesional y encontrase respaldado por una Corporación de Derecho Publico.

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